sábado, 3 de diciembre de 2022

Sedición

Sobre la controvertida iniciativa gubernamental cabe hacer diversas consideraciones. La primera es que el Gobierno Sánchez no ha propuesta la modificación del delito de sedición, sino su supresión, poniendo fin, si las Cortes así lo ratifican, a un delito incluido en nuestro código penal desde el Trienio Liberal, cuando la burguesía liberal y en algunas circunstancias revolucionaria, dirigió desde el poder la construcción del Estado que hoy en día está vigente, modificado por la democratización del mismo, en otros momentos históricos, fundamentalmente en época de la Segunda República y tras la transición vivida después de la muerte del último dictador.


No se trata, pues, de una modificación, sino de la anulación de un instrumento que el Estado se otorgó para penalizar las conductas destinadas a poner en riesgo la construcción nacional española, el principal objetivo de esos liberales decimonónicos que iluminaron al mundo  con la Constitución de 1812, modelo en el que, con sus sombras, se vio confortado el progresismo de la Edad Contemporánea. 


En segundo lugar, cabría poner en cuestión el argumento de que tal delito de sedición no tiene equivalente en el resto del mundo occidental, en la medida en que en Estados Unidos, cuya Constitución de 1787 inició el liberalismo y la democratización, existe tal instrumento punitivo, con el que un tribunal popular acaba de condenar a un ultra pro Trump por el asalto al Capitolio de 2021, al que le puede caer la friolera de 20 años de cárcel.


En nuestro ordenamiento jurídico, el delito de sedición conforma junto al de rebelión el valladar punitivo contra aquellos que pretendan la deconstrucción nacional mencionada. Sin embargo, tal como puso de relieve hace escasos días en una tribuna en el diario El País, el exministro socialista Tomás de la Quadra Salcedo, la última redacción en el Código Penal del delito de rebelión, hecha en 1995, liga esta con la violencia. Por ello, el Tribunal Supremo no pudo condenar a los alzados en el proces por ese delito. De tal manera, que una repetición de tal situación, solo podría ser sancionada con la sedición, siempre que tal delito no sea suprimido, como parece, por el Parlamento.


De ser finalmente así, el Estado español se verá desprotegido, máxime porque su sustitución por el de desórdenes públicos con violencia, como ha pergeñado el gobierno, solo afectaría a los soldados independentistas, no a sus dirigentes; es decir, a los políticos del proces, lo que permite ligar la maniobra política en curso con un resabio de corporativismo político muy alejado de los ideales que anidan en la sociedad actual.

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