El tribunal que vela por la carta magna reconoce así que el Concierto está amparado por la Constitución, independientemente de que tal instrumento económico sea visto como un privilegio. La Constitución de 1978 es la única de todas las habidas en el Estado-nación español -salvo la afrancesada de Bayona de 1808- que reconoce y ampara los derechos forales. Y eso fue así por una decisión y pacto político. Por lo cual, cualquier variación implicaría el replanteamiento de todo lo acordado en la transición democrática. Ni más, ni menos.
Una última precisión: los titulares de tales derechos históricos no es el gobierno vasco y navarro, sino las provincias de Alava, Guipùzcoa, Navarra y Vizcaya. Matiz fundamental para entender lo que son los fueros.
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