lunes, 28 de octubre de 2013

Justicia y legalidad

Las víctimas del terrorismo reclamaron ayer Justicia, algo que difícilmente se les puede negar. Es moralmente incomprensible que un criminal multirreincidente pueda salir de la cárcel al mismo tiempo que aquel que ha cometido un solo delito. Otra cosa es la Legalidad, aquella que consagra la no retroactividad de las penas, ni la ejecución de las mismas. Un asesino juzgado por crímenes anteriores a 1995 no puede ser condenado por el Código Penal de ese año, sino por el franquista de 1973. Este último establecía un día de redención por dos de trabajo en la cárcel, además de que el computo de descuento se calculaba sobre la pena efectiva de 30 años, no sobre el total sentenciado. El Código socialista de 1995 acabó con éstos beneficios penitenciarios y la reforma del PP de 2003 amplió a 40 la pena máxima efectiva. La Legalidad es básica en el Estado de Derecho. La Justicia no tanto. Se trata de un principio al que hay que aspirar y tender, pero no está garantizada su consecución. En este caso, ello es debido, a la tardanza de los legisladores de la democracia por dotar al Estado de un Código Penal adecuado a los nuevos tiempos y a la vez sin complejos en la lucha contra los criminales.

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